Los contratos de franquicias son muy peculiares debido a que no existe una normalización de ellos. En Agaz abogados somos especialistas en la gestión y el asesoramiento del derecho en franquicia, nuestros abogados personalizarán su caso y le asesorarán antes de firmar este tipo de contrato en nuestras sedes de Madrid, Granada y Almería.

Es muy importante que pida asesoramiento en un bufete de abogados especializado en este tipo de contratos antes de firmarlos, debido a su complejidad y su naturaleza.

¿Qué es el contrato de franquicias?

El contrato de franquicia se caracteriza por el acuerdo suscrito entre dos partes, en el que una parte, conocida comúnmente como franquiciador, cede a otra, el franquiciado, el derecho de explotación de un determinado sistema para comercializar ciertos productos y/o servicios a cambio de una contraprestación económica.

Los elementos que definen las características esenciales del contrato de franquicia y sirven para que esta se diferencie del resto de franquicias son los siguientes:

  • La Marca: Es la identidad que transmite la franquicia. El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales en los que se comercializa el producto. El franquiciador cede al franquiciado la propiedad industrial.
  • El procedimiento o Know-how. Además se transmiten al franquiciado un conjunto de métodos de trabajo y conocimientos que deberá seguir el franquiciado. Si se trata de bienes inmateriales se suele entregar un manual de gestión del establecimiento, servicios y productos, renovándose cuando sea pertinente dichas instrucciones.
  • Apoyo continuado.La prestación por el franquiciador de apoyo y asistencia permanente a la labor comercial y técnica durante la vigencia del contrato de franquicia.

A cambio de todo lo anterior, que es lo que en definitiva “vende” el franquiciador, el franquiciado habrá de ofrecer una remuneración económica que será la pactada en el contrato, pudiendo esa cuantía retributiva variar en función de los porcentajes de ventas que supere el franquiciado.

¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de firmar este tipo de contrato?

El contrato de franquicia tiene muchas particularidades, ya que no existe un documento tipo o normalizado. Debido a la falta de regulación legal expresa, el contrato se constituye como instrumento legal básico y fundamental de regulación de los derechos y obligaciones de las partes, en tanto que no existe ninguna otra fuente de regulación. Por ello es preciso que contenga con claridad los elementos esenciales de todo contrato y además una regulación detallada del contenido básico de este tipo de acuerdos.

En definitiva, el contrato es una verdadera ley entre las partes que regirá la relación entre ellas durante años. Por ello es sumamente importante realizar un análisis detallado del contenido de cada una de sus cláusulas antes de firmar.

¿Cuáles son las cláusulas de un contrato de franquicia?

Aunque este tipo de contrato sea peculiar, debido a que no existe un documento tipo que normalice todos estos contratos, deben existir unas cláusulas esenciales mínimas para que sea vigente. Las cláusulas mínimas de un contrato de franquicia son:

  • El propósito de la franquicia: El franquiciador debe especificar en el contrato la cesión de uso de su marca para una determinada zona geográfica en exclusividad. También se deberá determinar la transmisión al franquiciado de los conocimientos técnicos, comerciales y empresariales necesarios para el desarrollo de la actividad de la franquicia.
  • La propiedad intelectual: se debe detallar en el contrato aspectos como el uso y transmisión de la marca, signos distintivos, conocimientos técnicos, asistencia técnica, diseños industriales, información confidencial, incluso los secretos industriales.
  • Contraprestaciones: Al ser el contrato de franquicia un contrato oneroso, las partes deben reflejar en el mismo los plazos de pago por parte del franquiciado y los márgenes de utilidad y comisiones.
  • Zona Geográfica: Esta cláusula se suele exigir por parte del franquiciado para que en una zona determinada no haya otro franquiciado. Con esto no estarán compitiendo en el mismo territorio dos franquiciados con la misma franquicia.
  • Exclusividad: A parte de otorgarle un territorio en exclusividad, el franquiciado se compromete a operar la franquicia como estipule el franquiciador y no de forma parecida.
  • Transmitir la tecnología: El franquiciador debe facilitar al franquiciado la tecnología suficiente para que el personal desarrolle su actividad en la franquicia. También se establecen los manuales, guías o folletos y la asistencia técnica que el franquiciado necesita para el buen funcionamiento de la franquicia.
  • Cómo funcionará la franquicia: En el contrato se deben especificar los siguientes puntos relacionados con la descripción operativa de la franquicia. Se debe especificar la ubicación física, las dimensiones mínimas del establecimiento, las inversiones en infraestructura, políticas de inventarios, publicidad, marketing, suministro de mercancías y contratación de proveedores.
  • Evaluación y control de calidad: El franquiciador puede realizar un control y vigilancia permanente sobre el franquiciado, este último conservará su autonomía jurídica y patrimonial. En este apartado se fijan las cláusulas relacionadas con los criterios de supervisión, información, evaluación y calificación del desempeño.
  • Revisión del contrato de franquicia: Se debe pactar entre el franquiciador y el franquiciado las cláusulas mediante las cuales puedan revisarse y en algunos casos modificarse el acuerdo, los términos y condiciones que ligaban a estas dos partes del contrato de franquicia.
  • Cláusulas de no competencia por parte del franquiciado: Al igual que el franquiciador debe de otorgarle al franquiciado una exclusividad, este no podrá desarrollar durante el periodo en el que esté vigente el contrato de franquicia y durante un año después de la finalización del mismo, ninguna actividad igual o similar que la que realiza la franquicia.
  • Cláusulas de terminación del contrato: Se deben señalar en el contrato las causas por las cuales este concluiría. También se especificará el periodo en el que el contrato está vigente.

Al ser el contrato de franquicia un contrato que no está normalizado, los términos del mismo pueden variar. Estas son algunas cláusulas que deberían tener todos los contratos de franquicia, pero se pueden añadir más o eliminar algunas dependiendo de la naturaleza de la franquicia.

En Agaz abogados somos los mejores especialistas en derecho de franquicia, contamos con abogados en Madrid, Granada y Almería. Se aconseja que antes de firmar cualquier contrato de franquicia, este sea examinado por un abogado especialista en este tipo de contratos para que el franquiciado sepa claramente las cláusulas a las que se está comprometiendo realmente con la firma de dicho contrato.