Sabemos que la familia, en una sociedad como la nuestra, se configura como un eje fundamental y núcleo vertebrador de la vida en comunidad. Las relaciones con los padres, hijos o cónyuge tienen, para la mayoría de las personas, una relevancia vital y sustentan, en muchas ocasiones, nuestra propia estabilidad personal y emocional. Pero, al mismo tiempo y como consecuencia de esa misma importancia que la familia adquiere en nuestras vidas, estas relaciones también se constituyen, en mayor medida de la que nos gustaría, como una fuente inagotable de conflictos que son precisamente de los que se ocupa el Derecho de familia. Tenemos abogados penalistas, abogados laborales,…, y por supuesto, un abogado de familia en Madrid, Granada y Almería, ciudades donde Agaz Abogados tiene sede, preparado para ocuparse de los problemas que sufras en este ámbito.

Qué es el Derecho de Familia

¿De qué se ocupa un abogado de familia?

Como adelantábamos anteriormente, el Derecho de familia se ocupa de regular los aspectos concernientes a la familia, en tres ámbitos fundamentales: el matrimonio, la filiación y la tutela.

  1. En el caso del matrimonio, el abogado de familia en Madrid, Granada y Almería que Agaz te proporcione, podrá ayudarte en cualquiera de los aspectos que esta institución conlleva: requisitos para su celebración, consecuencias desde el punto de vista personal y económico (como por ejemplo asesorarte para pactar el régimen económico matrimonial adecuado a tu situación) y, por supuesto, los problemas que surgen cuando el vínculo vive un conflicto o finalmente se rompe: separación, divorcio y nulidad.
  2. Cuando hablamos de filiación, hablamos de los hijos que se tienen dentro o fuera del matrimonio, así como, por supuesto, de todo lo relacionado con la adopción. Y es que, en muchos casos, es necesario instar procedimientos para que se reconozca un hijo, para que se impugne la filiación que se tenía por cierta o para regular las relaciones de padres e hijos en los momentos de conflicto o en situaciones especiales, entrando en este aspecto, de lleno, en el ámbito de la regulación sobre la patria potestad.
  3. Precisamente cuando nos encontramos con un menor o un incapaz que no está sujeto a patria potestad, surgirá la necesidad de nombrarle un tutor que vele por la guarda y protección de aquél, para lo que, asimismo, es necesario asesorarse convenientemente.

¿Cuáles son las características generales del Derecho de familia?

Los rasgos que entendemos como más importantes y diferenciadores del Derecho de familia son:

  • Trascendencia ética: Estamos hablando de un ámbito del Derecho que penetra en aspectos muy íntimos de las personas y cuyas normas, en muchos casos, son el resultado de una evolución de principios éticos aplicados a situaciones que concebimos como naturales e intrínsecamente humanos: las relaciones de pareja, las de padres con hijos o la de menores e incapaces con su tutor.
  • Superposición en la regulación de derechos y deberes de tipo privado y personal con otros aspectos de índole económica (regímenes económicos del matrimonio, derecho de alimentos, retribuciones del tutor, etc), que siempre van a ser considerados accesorios y secundarios a los primeros.
  • Presencia de derechos y obligaciones para las partes de la relación que suelen configurarse más bien como medios y deberes. Dicho de otro modo, los derechos en las relaciones de familia son, en la mayoría de los casos, medios para obtener un fin que el Ordenamiento considera superior, como puede ser la protección de un menor o el bien de la familia. Asimismo, estos derechos están estrechamente relacionados con las obligaciones de las partes que se constituyen como cargas que el sujeto asume para disfrutar de la relación familiar, como es el caso de la carga de educar a los hijos o de respetar al cónyuge.
  • Aunque el Derecho de familia se suele integrar dentro del Derecho privado, no le es plenamente aplicable uno de los principios básicos de este ámbito, cual es el de la autonomía de la voluntad, ya que suelen darse fuertes limitaciones a la libertad de las partes para fijar sus relaciones con respecto a los hijos, tutelados o pareja.
  • Indisponibilidad de los derechos y deberes dimanantes de las relaciones de familia. El Derecho de familia los configura como intransmisibles, irrenunciables e imprescriptibles.

La importancia de esta rama del Derecho para el abogado de familia de Madrid, Granada y Almería de Agaz.

¿Qué relevancia damos en Agaz al Derecho de familia?

Te darás cuenta de que el abogado de familia en Madrid, Granada y Almería, que forme parte de nuestro bufete, pondrá en el caso que le presentes relacionado con el Derecho de familia un interés muy especial, que deviene de la cultura jurídica que imprimimos en nuestro sello desde su nacimiento y que, en lo que a este ámbito se refiere, entiende que esta rama del Derechotrasciende la esfera privada de las personas y repercute indudablemente en el plano público y colectivo, en tanto en cuanto la solución correcta y satisfactoria de los conflictos familiares no solamente redunda en beneficio de nuestro cliente sino también en la satisfacción de otros intereses que trascienden al individuo concreto y que colaboran al mantenimiento de la armonía social y de la convivencia de todos en comunidad.

Para nosotros, prestar un asesoramiento y servicio jurídico riguroso y eficaz en este tema, es una cuestión de profesionalidad con la persona que confía en nuestros abogados y nos encarga su caso, pero también de responsabilidad con la sociedad en la que vivimos.

¿Cuáles son los aspectos en los que nos especializamos respecto del Derecho de familia?

En nuestras distintas sedes disponemos de un departamento especializado en Derecho Civil y en todo lo relacionado con el Derecho de familia, donde un abogado de familia en Madrid, Granada y Almería con conocimientos específicos en este ámbito sabrá aconsejarte de la mejor manera.

Tenemos especial experiencia en la tramitación de divorcios, separaciones, nulidades matrimoniales, pensiones tanto de alimentos como compensatorias, guardas y custodias, tutelas y curatelas, acuerdos y conflictos en los regímenes de visita, adopciones y reclamaciones e impugnaciones de paternidad.

Nuestro código de actuación nos lleva a disponer para nuestros clientes un trato cercano y muy humano, pero, en el caso del Derecho de familia, entendemos que la comprensión y empatía con quien viene a pedirnos nuestra ayuda y asesoramiento es fundamental habida cuenta de la íntima relación que estos asuntos tienen con nuestras emociones y sentimientos más profundos. No se trata de actuaciones jurídicas cualquiera, sino que se requiere un plus de delicadeza que el abogado de familia de Madrid, Granada y Almería que Agaz proporciona a sus clientes tiene asumido como parte de su ética profesional.