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Con el mes de noviembre llegando en su ecuador, la recta final para el cierre contable del 2017 comienza, y las empresas empiezan los preparativos para cerrar su ejercicio contable, algunas con beneficio y otras contarán los días que faltan, esperando que las ventas lleguen para enjuagar la cuenta de pérdidas y ganancias cuyo resultado se vislumbra peor de lo esperado.
Queda pues por delante un mes y medio en el que los departamentos comerciales se afanan en cerrar operaciones, para que la foto finish les saque con el mejor rostro posible, mientras que, por otra parte, se vigilan las existencias de cara al cierre del ejercicio y los departamentos de administración empiezan a palpar la presión de la carga de trabajo que se avecina.

Seis puntos a tener en cuenta en el cierre contable del 2017

Para los departamentos de contabilidad, el calendario del cierre contable empieza con la última liquidación de impuestos del año en enero del 2.018. Una vez realizadas las liquidaciones de IVA, los pagos a cuenta y los resúmenes anuales, el margen de actuación sobre el resultado del ejercicio queda reducido considerablemente.
Pero antes de entrar en la recta final del cierre del ejercicio contable, hay algunos puntos que debemos de tener en cuenta:

1. Las empresas que facturen más de 10 millones de euros habrán anticipado el 23% de su resultado, por lo que, cuando les toque realizar el pago del Impuesto sobre Sociedades, la liquidación ya no será tan dolorosa, pues el esfuerzo ya se ha realizado con anterioridad.

2. Si el resultado se estima que va a ser bueno, se pueden anticipar gastos , tales como reparaciones pendientes en instalaciones o vehículos, o por qué no, se puede tener un detalle con los empleados, en forma de bonus, ya que estos han contribuido con su esfuerzo al buen resultado del ejercicio. En relación a la inversión en inmovilizados, hay que tener en cuenta que solo se amortizará la parte proporcional de la cuota anual; es decir, si compramos un inmovilizado de 12.000€ a 1 de diciembre y la vida útil del inmovilizado es de 10 años, solo nos deduciremos como gasto en el ejercicio 100€, por lo que esta no sería la manera de reducir el beneficio en este ejercicio, aunque se pague todo en el 2017.
3. Se pueden ir revisando la contabilidad, ya que a partir de enero la carga de trabajo se verá incrementada con la realización de los asientos de cierre. Los ajustes de cierre de ejercicio más habituales son: reclasificación de las deudas del largo plazo al corto plazo, asiento de variación de existencias para corregir el resultado del ejercicio en función de las mercaderías consumidas, dotaciones de amortizaciones del inmovilizado material, dotar todo tipo de provisiones, periodificación de determinados ingresos y gastos, realización del asiento del Impuesto de Sociedades una vez realizados todos los ajustes anteriores y, por último, el asiento de regularización de ingresos y gastos y de cierre de ejercicio.
4. Si la Agencia Tributaria detecta en las últimas declaraciones de IVA variaciones importantes con respecto a las declaraciones anteriores, puede realizar una inspección de dichos periodos.

5. Se deben revisar los saldos pendientes de clientes e intensificar las acciones para el recobro de deudas pendientes.

6. El cierre contable y fiscal de 2017 se tiene que realizar según el contenido de la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en donde se desarrollan los criterios sobre contabilización del gasto por el impuesto sobre beneficios regulados y las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas. Esta resolución es de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que deben aplicar dichas normas.

Si tiene algún tipo de problema legal relacionado con éste tema, no lo dude, llámenos al 958 22 43 41 o déjenos sus datos en el formulario inferior y nosotros le llamaremos.

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