Acudir a un asesor en las materias que tratamos en este apartado, supone una serie de ventajas a la hora de gestionar aspectos de nuestras finanzas y de nuestro negocio que llegan a tal grado de beneficio que, junto con el hecho de estar hablando de asuntos de un elevado nivel de tecnicismo, prácticamente hace indispensable contar con un profesional especialista en este ámbito. Eso sí, no podemos confiar en la primera persona que se nos presente como un experto en contabilidad, por ejemplo. Debemos ser estrictos y rigurosos a la hora de elegir quién va a llevar la gestión de asuntos tan importantes para nuestra economía y el desarrollo de nuestro trabajo o de nuestra empresa. En Agaz, contamos con asesores experimentados y de prestigio en nuestra Consultoría Fiscal, Financiera y Contable en Madrid, Granada y Almería, donde tenemos sede, por lo que acudir a nuestros despachos es siempre garantía de resultados de calidad y tranquilidad absoluta.

Pero, ¿qué hace exactamente un asesor de estas características? ¿Cuáles son sus funciones? ¿Qué utilidad aporta a sus clientes y cuál es su responsabilidad? Vamos a hacer un análisis breve de estas cuestiones, a continuación.

Objeto y competencias de nuestra Consultoría Fiscal, Financiera y Contable en Madrid, Granada y Almería

¿Cuál es el objeto de una consultoría fiscal, financiera y contable?

Cuando hablamos de una consultoría fiscal y financiera, nos estamos refiriendo a los profesionales que se ocupan de la gestión de las obligaciones tributarias de su cliente, ya sea éste una persona física o una empresa. En el primer caso, también abarca su actuación el estudio de los ingresos y gastos deducibles para su declaración, y en el caso de empresas, la preparación de sus cuentas.

El objeto de sus servicios será siempre proporcionar al cliente el mayor ahorro posible teniendo en cuenta las circunstancias concretas del mismo y según la legislación que esté vigente en cada momento, manteniendo un conocimiento actualizado de la misma y un ajuste total de su actuación a ella.

Por su parte la consultoría contable se ocupa de prestar al cliente un servicio íntegro de asesoría y contabilidad respecto del negocio o la empresa.

¿Cuáles son las funciones concretas de una consultoría fiscal y financiera?

Podemos diferenciar cuatro ámbitos que abarca la actuación del asesor de una consultoría fiscal y financiera:

  1. Asesoramiento al cliente sobre las ventajas y beneficios de tipo fiscal y financiero que puede obtener en congruencia con la normativa vigente, según su caso concreto, así como de la posible vulneración de algún precepto de dicha legislación para el caso de llevar a cabo una determinada conducta o de omitir otra, tratando de evitar así que el cliente sea objeto de sanción tributaria.
  2. Realización de tareas de asesoramiento en la realización y presentación de autoliquidaciones y resto de declaraciones tributarias, cumplimiento de obligaciones contables, así como actuación en nombre del cliente de las actuaciones necesarias ante la Administración Tributaria.
  3. Realización de actuaciones de defensa de los intereses y derechos del cliente, con la interposición de los recursos y reclamaciones que correspondan frente a los actos administrativos tributarios, ya sea en vía administrativa, económico administrativa o judicial.
  4. Cuando el cliente haya sido objeto de sanción por la comisión de una infracción tributaria, proporcionar el asesoramiento necesario para localizar las posibilidades de impugnación de dicha sanción y llevarla a cabo.

Distribuidos por estos cuatro grandes bloques de actuación de un asesor de una consultoría fiscal y financiera, se encuentran toda una serie de posibles actuaciones que podemos enumerar, resumidamente, de la siguiente manera:

  • Actuaciones de asesoría y planificación
  • En caso de apertura de cualquier procedimiento de gestión e inspección tributaria, asistir y representar al cliente para defender sus intereses, así como, en general, representarle en todas sus interactuaciones con la Administración Tributaria.
  • Prestación al cliente de servicios financieros mediante la utilización de bases de datos fiscales y cualesquiera otros instrumentos telemáticos.
  • Estudio en profundidad de la situación fiscal y contable del cliente para adoptar las estrategias y actuaciones que más convengan a su caso.
  • Realización y presentación dentro de plazo de las liquidaciones tributarias, en nombre del cliente, que correspondan.
  • Cuando sea requerido por el cliente y, como consecuencia del estricto conocimiento, continuamente actualizado, de la normativa de carácter tributario, fiscal y contable que debe ostentar el auténtico profesional, se le deberá asesorar sobre la aplicabilidad de dicha legislación a su caso, la interpretación que se debe dar a los preceptos y las actuaciones que debe desarrollar.
  • Asimismo, informar al cliente de las posibles responsabilidades de carácter tributario en las que puede incurrir en el caso de llevar a cabo actuaciones u omisiones que puedan tener repercusión sancionatoria para él según la normativa vigente, una vez analizada su situación.
  • En el caso de que el cliente desarrolle actividades de importación y exportación de mercancías, prestar el asesoramiento conveniente sobre los preceptos de carácter tributario que puedan concernirle respecto de los derechos aduaneros y regímenes suspensivos.
  • La actuación del asesor de una consultoría fiscal abarca también el conocimiento de los tributos cedidos a las comunidades autónomas y los propios de los entes locales, de modo que se pueda elaborar una estrategia fiscal adecuada para el caso del cliente.
  • En caso de que el cliente desee realizar actos de enajenación patrimonial o cualquier otro ejercicio de sus derechos que impliquen una trascendencia económica, el asesor deberá elaborar un plan de carácter fiscal para que pueda llevar a cabo tales actuaciones con el menor coste tributario posible y sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad por una posible infracción normativa.

¿Y cuál es el objeto de actuación concretamente de una consultoría contable?

El asesor de una consultoría contable tiene como objeto la clasificación de cuantas actuaciones de tipo mercantil desarrolle su cliente, profesional o empresa, para permitir la elaboración de informes financieros que ofrezcan información sobre la situación económica del negocio y los resultados que se vayan obteniendo en el desarrollo de sus operaciones.

Gracias a las actuaciones del asesor contable, en definitiva, es posible saber si un negocio es rentable o no.

A partir de esta definición, se deduce la importancia de que todo profesional o emprendedor que ponga en marcha su negocio, cuente con un verdadero experto en materia contable, ya sea externalizando este servicio en una consultoría contable, o incluso integrando su plantilla con un especialista en la materia. Solamente contando con la información facilitada por este experto, el empresario podrá conocer las actuaciones que están dando frutos positivos y cuál es la estrategia a adoptar. No contar con un servicio de estas características, podría significar un aumento de las posibilidades de fracaso del negocio, de las dificultades de acceso a financiación y de errores en las inversiones a realizar. Por supuesto, otra consecuencia sería el aumento considerable de las probabilidades de incurrir en una infracción de carácter fiscal, por desconocimiento o negligencia, con las consecuencias muy negativas que la asunción de las responsabilidades dimanantes podría suponer para la empresa, llegando incluso al cierre del negocio.

La importancia que damos en Agaz a contar con una consultoría fiscal, financiera y contable

¿Cuál es nuestra visión sobre la necesidad de contar con un asesoramiento fiscal y contable completo?

Con el paso de los años se ha llegado a un punto en nuestro país en el que, como consecuencia de los continuos desmanes económicos promovidos por compañías, entidades financieras y bancarias o grandes capitales, contar con un asesor jurídico fiscal se ha convertido, prácticamente, en una exigencia para garantizar en la medida de lo posible los mejores resultados para nuestro negocio, por un lado, y asegurarnos del cumplimiento de la legislación, por otro.

Tanto es así que, incluso, recientes resoluciones del Tribunal Económico Administrativo han estimado la concurrencia de negligencia en la actuación de administración del gerente de una empresa por no haber previsto la contratación de una consultoría fiscal y contable que habría impedido que incurriese en actuaciones vulneradoras de preceptos de obligado cumplimiento.

Esto sin contar con el surgimiento de nuevas figuras como la del compliance penal, consistente en la integración en la empresa o contratación de profesionales especializados en cuantas normas, fiscales, tributarias y de todo tipo, sean aplicables a la entidad, de modo que la responsabilidad del cumplimiento de toda esa legislación recaiga sobre él y la misma quede exenta frente a la posible comisión de cualquier ilícito de carácter penal.

Sin duda, en definitiva, estamos ante lo que, de hecho, es una necesidad hoy en día: contar con un experto contable y financiero que desarrolle cuantas actuaciones hemos relatado anteriormente y que aumente las garantías de buen funcionamiento y actuación ajustada a la ley del negocio.

Por ello, en Agaz hemos dispuesto en nuestras sedes una auténtica Consultoría Fiscal, Financiera y Contable en Madrid, Granada y Almería que ofrezca un asesoramiento íntegro de todo lo que abarque esta compleja y esencial materia, así como, habida cuenta de la amplia formación de sus expertos, que actúe en nombre del cliente en cuantos procedimientos, liquidaciones, actuaciones, recursos, reclamaciones, etc, sean necesarios, garantizando los mejores resultados para el mismo sin que tenga que preocuparse por nada.