Agaz Noticia, Opinión

Por Marcos Galera

Socio Director de AGAZ [ ]

Recientemente el Juzgado de Primera Instancia núm. 17 de Madrid, mediante un Auto de 26 de enero de 2012, ha vuelto a dar la razón a la Liga de Futbol Profesional en la pieza separada de medidas cautelares abierta en este caso a instancia de la cadena Ser, siguiendo la misma línea que marcó el Juzgado de Primera Instancia 8 de Madrid, en virtud del cual denegaba el acceso a la Cadena Cope a los campos de futbol.

Se niega de nuevo el acceso a los estadios de forma cautelar, pese a que es notoria la importancia social que el futbol tiene y la importancia al derecho a recibir y transmitir libremente la información. La comercialización pretendida de los derechos de retrasmisión radiofónica se basa en la modificación legislativa que en esta materia introdujo la Ley 7/10, de 31 de Marzo, General de Comunicación Audiovisual y, por tanto, no se trata, como alegan las «radios», de un comportamiento unilateral de La Liga que, sin justificación, ha modificado la situación preexistente.

Pero es que además, tampoco puede considerarse vulnerado en los términos cautelares analizados, el derecho que el art. 20 CE establece, puesto que la retransmisión de un partido, en directo o diferido, o el acceso a salas de prensa, zona mixta etc., no se corresponde con el concepto de «información o acceso a las fuentes» que como propio del derecho fundamental debe establecerse. Así pues, obviamente no puede ser negado a las radios el derecho a informar a sus oyentes de la celebración de un partido de futbol, incidencias relevantes, resultado, etc. En este sentido, la Liga nunca ha negado el acceso a los estadios, pues los mismos pueden solicitar acreditación de periodistas para cubrir la información del partido.

Ya el Tribunal Supremo en STS de 27-7-10 estableció: «Únicamente debe ser considerado como digno de protección el derecho de los medios a obtener la información necesaria para poder conformar la noticia en su contenido mínimo razonable, sin que pueda extenderse a otras cuestiones accesorias, pues, de lo contrario, se estaría dando carta de naturaleza a la eventual vulneración de otros derechos de los que es titular el propietario del recinto deportivo».

Finalmente, el Auto de inadmisión de la medida cautelar, contiene una suerte de reproche de inacción a las cadenas de radio, pues señala que la primera solicitud de medidas cautelares se produce en diciembre de 2011 siendo que la competición se inició en agosto, lo cual podría considerarse como «situación consentida por las cadenas radiofónicas.

Después de todo lo acontecido no podemos olvidar la reciente comparecencia de la vicepresidenta del Gobierno, la Sra. Sáenz de Santamaría, celebrada a comienzos de este mes de enero. En ella señaló que es voluntad del Gobierno solucionar el conflicto entre clubes y las emisoras de radio. Este contencioso ha derivado en el plantón de los medios radiofónicos, que no entran en los campos de fútbol desde el pasado septiembre, cuando se les exigió un canon por los dueños de los equipos al comenzar la Liga de Fútbol Profesional. Mientras que no se atienda el pago del canon o se llegue a un acuerdo entre las partes las emisoras seguirán fuera de los estadios.

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