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Por Jessica AlarcónDepartamento de Derecho de Familia de Agaz

En ocasiones el procedimiento de disolución del matrimonio no se presenta de mutuo acuerdo por los dos cónyuges y no es posible establecer el llamado divorcio consensuado. Es en estos casos en los que hay que recurrir al llamado divorcio contencioso, una figura jurídica con límites bien definidos en el Derecho Español.

En primer lugar hay que señalar que el divorcio contencioso tiene siempre su origen en una demanda de divorcio que debe de interponer cualquier de los dos cónyuges ante el juzgado de primera instancia donde esté radicado el domicilio conyugal. Esta demanda tiene dos requisitos: debe de ser presentada al menos tres meses más tarde de la celebración del matrimonio y debe incorporar una serie de medidas que tendrán efecto cuando se produzca el divorcio en el ámbito económico y de custodia de menores. Además, en este momento se podrá solicitar la adopción por parte del juez de medidas provisionales. Para la solicitud de estas últimas, el solicitante debe de aportar documentos que permitan al juez evaluar su conveniencia o no, tales como declaraciones tributarias, nóminas o cuentas de gastos.

Una vez presentada dicha demanda, se procederá a la celebración de un juicio verbal al cual deberán acudir obligatoriamente ambos cónyuges. En esa misma vista se practicarán las pruebas propuestas por ambas partes. En el caso de que una de las dos partes no acuda a este trámite, se entenderán admitidos los hechos que expone la parte compareciente.

En el caso de que existan hijos menores de edad, el juez debe requerir informe al Ministerio Fiscal con el fin de establecer su régimen. Asimismo, puede citarlos a declarar si tienen más de 18 años o si el juez considera que tienen suficiente juicio. En este último caso el trámite será confidencial y no estará abierto al público.

Con posterioridad el juez dictará sentencia acordando el divorcio o no, y las causas. En caso de acordarse el divorcio, la sentencia debe de contener los efectos del mismo, tales como el régimen del domicilio conyugal, guarda y custodia de hijos y efectos de pensiones compensatorias. Esta sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial.

En cualquier momento de este procedimiento ambos cónyuges puedes tomar la decisión de cambiar el proceso de divorcio contencioso por otro de divorcio consensual, para lo que deben de presentar el consiguiente convenio regulador. A raíz de este acto se continuará el procedimiento por la vía consensuada.

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