Es difícil imaginar una figura jurídica que afecte de manera más honda en el mundo de las emociones y aspectos más íntimos de una persona, que la del divorcio. Hablamos de un proceso del que el abogado conoce normalmente cuando la relación marital ya está muy deteriorada y existen, en muchos casos, fuertes tensiones entre los cónyuges, alimentadas por años de agravios acumulados que suelen poner en riesgo el desarrollo de un trámite que, de otra forma, no tendría por qué ser tan arduo ni tortuoso. Las circunstancias peculiares del divorcio hacen que el profesional que se especializa en este ámbito deba tener una especial sensibilidad hacia los estados emocionales por los que se mueve el cliente y, al mismo tiempo, un desenvolvimiento impecable y eficiente en las gestiones jurídico-legales, que faciliten el trance, lo agilicen de ser posible y, finalmente, culmine con una resolución satisfactoria para el cliente. Éstos son los objetivos de los abogados para divorcios en Madrid, Granada y Almería que Agaz pone a disposición de quienes busquen profesionales de prestigio y eficacia contrastada.

Conoce las causas, las clases y los efectos del divorcio.

¿Cuáles son las causas de un divorcio?

Con anterioridad a la modificación de la regulación del divorcio en el Código Civil, llevada a cabo en el año 2005, se preveía la necesidad de que antes de acceder al divorcio, se solicitara la separación matrimonial. Asimismo, tanto una como otra figura requería la concurrencia de una serie de causas que son las que permitían su concesión.

Con la entrada en vigor de la mencionada modificación legislativa, se simplificó de manera importante el procedimiento, postergando a la separación a una opción prácticamente marginal, ya que ahora sí es posible dirigirse directamente a la obtención de la declaración de divorcio. Además, ya no es necesario alegar la concurrencia de causa alguna para solicitar el divorcio, sino que simplemente se exige que hayan transcurrido tres meses desde que los cónyuges se casaron, pudiendo pedir el divorcio los dos conjuntamente o cualquiera de ellos demandando al otro.

Por tanto, desde el punto de vista legal hemos de ser conscientes de que la solicitud del divorcio puede realizarse por cualquier causa o sin necesidad de alegar ninguna en concreto, por lo que la pregunta de cuáles son las causas que hoy en día provocan el mayor número de divorcios en nuestro país, requeriría adentrarnos en terrenos propios de la sociología o la estadística que poca o ninguna influencia tienen en el trabajo que desempeña un abogado al servicio de su cliente.

¿Qué clases de divorcios nos encontramos?

En nuestro sistema no se admite el divorcio de hecho, sino que es necesaria la declaración judicial, por lo que la diferenciación que encontramos deviene del modo en el que se solicita: con acuerdo de los cónyuges o demandando el que lo solicita al otro. Son el divorcio de mutuo acuerdo y el contencioso.

  1. El método preferido por nuestros abogados para divorcios en Madrid, Granada y Almería es, sin duda, el divorcio de mutuo acuerdo, precisamente por ser mucho más beneficioso para una y otra parte implicada, al ser menos costoso, más breve y menos traumático para ambos cónyuges y, sobre todo, para los menores implicados, si los hay.
    Se trata de un proceso bastante sencillo en el que, estando ambas partes de acuerdo, se presenta una demanda por parte de los dos, o de uno con el consentimiento del otro, a la que se acompaña un convenio regulador de los extremos por los que se van a regir las relaciones entre ambos tras el divorcio, que habrá sido previamente acordado. En él, se habrá de hacer mención, necesariamente, a todo lo referente a la guardia y custodia de los hijos, el régimen de visitas que se pacta para el progenitor no custodio, la pensión de alimentos y en su caso compensatoria, el destino del domicilio familiar, etc.
    Si el Juez y el Fiscal, interviniendo en defensa de los intereses de los hijos, estiman adecuados los términos del convenio, se citará a ambos cónyuges para que se ratifiquen, concediéndose a continuación la disolución del matrimonio por divorcio.
    Pero aun más, tras la reciente modificación operada en el año 2015, las partes de común acuerdo podrán presentar el convenio regulador ante un notario o letrado de la Administración de Justicia, cuando no hay hijos, para que sean ellos los que concedan el divorcio tras estimar oportunas las medidas acordadas.
  2. La otra posibilidad, menos atractiva, es la del divorcio contencioso. En estos casos en los que no existe acuerdo en todo o en parte respecto a algún punto del divorcio entre las partes, se presentará demanda por uno de los cónyuges que, como hemos explicado anteriormente, no necesitará alegar causa alguna para solicitar el divorcio y tan sólo deberá acreditar que han transcurrido al menos tres meses desde que se celebró el matrimonio, salvo causas excepcionales.
    En este caso, como es obvio, no se podrá acompañar por el demandante convenio regulador acordado por ambas partes, pero cada una de ellas podrá proponer las medidas que considere oportunas, apoyando sus peticiones en la documentación y alegaciones que estimen pertinentes, siendo finalmente el Juez el que deberá elaborar un convenio que será de obligatorio cumplimiento para los dos.
    Como se trata de un procedimiento que, en ocasiones, se dilata en el tiempo, suele hacerse necesaria la adopción de medidas provisionales que regulen la relación de las partes en cuanto a todas esas circunstancias que hemos citado anteriormente (custodia, alimentos, etc) mientras dure el procedimiento y hasta que se fijen unas medidas definitivas dictadas por el Juez en el convenio regulador.

Cuando los letrados especializados de Agaz, abogados para divorcios en Madrid, Granada y Almería, aceptan un caso de divorcio, intentan siempre, en primer lugar, tantear la posibilidad de reconducir el proceso hacia un divorcio de mutuo acuerdo que facilite y beneficie al cliente. En caso de que no sea posible, se defienden los intereses del mismo en el correspondiente divorcio contencioso, con todas las armas legítimas que el Derecho otorgue, poniendo en práctica los conocimientos específicos y la amplia experiencia que los avala.

¿Qué efectos produce el divorcio?

El divorcio, junto con la muerte y la declaración de fallecimiento, es una de las causas previstas en nuestro Ordenamiento de disolución del matrimonio. Se provocará, por tanto, una modificación del estado civil de los que hasta ese momento eran cónyuges, con todas las consecuencias a que ello pudiera dar lugar:

  • Desaparecerán los derechos sucesorios que correspondieran a cada uno de ellos por la muerte del otro.
  • Asimismo, no se devengaría el derecho a obtener una pensión de viudedad por muerte del ex cónyuge.
  • Cesaría la obligación de respetar los deberes conyugales previstos en el Código Civil: ayuda y fidelidad mutua, velar por el interés de la familia, prestarse alimentos o, por supuesto, el deber de vivir juntos.

No obstante, el matrimonio es una institución que trasciende más allá de los efectos de un simple contrato, afectando a aspectos muy personales de ambas partes, especialmente si de esa unión han nacido hijos. Por ello, con la extinción de esta relación matrimonial no desaparece, sin más, el vínculo entre ambas partes como si nunca hubiese existido, sino que permanecen ciertas obligaciones y derechos en el tiempo tras la declaración de divorcio, sobre todo en los casos en que hay hijos, como son las de respetar el régimen de visitas, el deber de alimentar y ocuparse de la educación de los hijos, pagar una cantidad de dinero a la parte que queda desfavorecida económicamente tras el divorcio, en concepto de pensión compensatoria, etc.

Particularidades del trato de los procesos de disolución matrimonial para los abogados para divorcios en Madrid, Granada y Almería de Agaz.

¿Por qué en Agaz tu divorcio se tramita de otra manera?

Como hemos venido insinuando a lo largo de este apartado, en Agaz Abogados inculcamos a los profesionales que se forman o recalan en nuestro seno una especial sensibilidad hacia los conflictos surgidos en el marco de una relación conyugal.

Sabemos que las experiencias vividas en el trance del divorcio son, en algunos casos, recordadas por ambos cónyuges como las peores de su vida, por no hablar de los momentos de grave tensión emocional que sufren los menores involucrados. Entendemos, por tanto, que el trato que se debe dispensar al cliente, en estos casos, debe ser, no solamente de una alta profesionalidad y eficacia jurídica, como solemos aplicar en los ámbitos en que actuamos, sino también especialmente cuidadoso y comprensivo, tratando, por un lado, de defender con contundencia y sin ambages los intereses de nuestro mandante, pero por otro, de hacer el proceso lo más llevadero y sencillo posible, alcanzando cuantos acuerdos y pactos se pueda para acortar y facilitar el proceso.

Nuestro compromiso con quienes se acercan a nuestro despacho, en general, es amparar y proteger sus derechos, debiendo añadir en estos procedimientos tan delicados, también la estabilidad personal, en la medida de nuestras posibilidades, del cliente que se pone en nuestras manos. Disponemos de abogados para divorcios en Madrid, Granada y Almería y, en todos los casos, actuaremos siguiendo nuestros protocolos de excelencia profesional y máxima atención personal.