Han sido años de dura crisis para todos en España y las empresas no han sido una excepción. Cada una ha buscado distintos mecanismos para intentar mantenerse a flote y, en ocasiones, las medidas que han tenido que adoptar han sido realmente duras para los empleados: reducir la jornada, suspender los contratos o, por supuesto, hacer los despidos imprescindibles para seguir funcionando. Todas estas medidas pueden formar parte de lo que se denomina Expediente de Regulación de Empleo o, más popularmente conocido por sus siglas, ERE, término que se ha hecho tan popular que se ha llegado a lexicalizar, de modo que hoy en día ya todos hablan de los eres.

Es obvio decir que, a toda empresa que se vea en la situación de tener que adoptar este tipo de medidas, y a los trabajadores que se vean afectados por ellas, les conviene contar con el asesoramiento de un abogado experto en este tipo de situaciones, como son los de Agaz.

Los eres: concepto, tipos y causas.

¿Qué son los eres?

Como ya adelantábamos, se trata de aquel proceso que comienza a desarrollar una empresa en el que adopta una serie de medidas de ajuste con respecto a los empleados, que suelen consistir en duras reducciones de la jornada de trabajo de los mismos, suspensión temporal de sus contratos o, incluso, el despido de una cantidad mayor o menor de los trabajadores.

¿Qué tipos de eres nos podemos encontrar?

Las clases de eres que vamos a mencionar, dependen de las medidas que adopte la empresa:

  1. El ere de suspensión: Se trata del ere en el que se suspende de forma temporal el contrato laboral de los trabajadores elegidos.
  2. El ere de reducción de jornada: Como su nombre indica, en este ere se acorta la jornada laboral de los empleados afectados durante el tiempo que se decida.
  3. El ere de extinción: Es el tipo más grave, ya que conlleva el despido colectivo. Si la empresa lleva a cabo un ere de extinción, la relación laboral que la unía con los trabajadores despedidos se extinguirá definitivamente. Hay que puntualizar que, en puridad, lo que realmente constituyen eres son los de extinción, mientras que los de suspensión y reducción serían Expedientes de Regulación de Empleo Temporales (ERTE).

Respecto a los eres de extinción, si se produce la impugnación del ere por los empleados afectados, por los representantes sindicales o por la autoridad laboral, serán los juzgados los que se habrán de pronunciarse sobre lo apropiado, o no, de las medidas adoptadas por la empresa, habiéndose eliminado de nuestro sistema la anterior regulación que obligaba a que fuera una autoridad administrativa la que autorizara el ere con carácter previo.

¿Qué puede causar un ere?

Centrándonos en los eres de extinción, los motivos que pueden legitimar a un empresario a adoptar este tipo de medida son los relacionados con necesidades económicas, técnicas, organizativas o de producción. Con estas causas, si en un período de 90 días el empresario acuerda los despidos de la siguiente cantidad de trabajadores, se considerará ere de extinción: en empresas de menos de 100 trabajadores, 10 despidos; en empresas con entre 100 y 300 trabajadores, despidos del 10% de la plantilla; en empresas con más de 300 trabajadores, 30 trabajadores.

  1. Las causas económicas: Se dan cuando se producen pérdidas significativas o se prevea que las haya. También es un motivo económico válido cuando los ingresos han disminuido durante tres trimestres consecutivos.
  2. Las causas técnicas: Se dan cuando se producen deterioros en los medios o instrumentos de producción, entre otros motivos.
  3. Las causas organizativas: Se dan cuando haya modificaciones en la organización del personal, de la producción, de los métodos o sistemas de actuación en la empresa, etc. Asimismo, puede ocurrir que ya no haya hueco o necesidad en el mercado para el producto o servicio de la empresa, enfocándose más, en ese caso, el origen en una causa productiva.

¿Cuál es el procedimiento a seguir en los eres?

Para una mejor y breve ilustración del procedimiento para realizar un ere de extinción, podemos relacionar los siguientes pasos:

  • Período de consultas con los representantes de los trabajadores.
  • Presentación de la memoria sobre las causas del despido colectivo.
  • Presentación de la documentación fiscal y contable de la empresa y otros informes técnicos.
  • Notificación de los despidos a los empleados afectados.
  • Desarrollo del procedimiento judicial en caso de impugnación del ere.

Una vez que han tenido lugar los despidos, aún le corresponden a los trabajadores una serie de derechos:

  1. Percibir la correspondiente indemnización por el despido, de al menos 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
  2. La prestación por desempleo, según los años cotizados por cada trabajador.
  3. Posible inclusión en un plan de recolocación.
  4. Posible impugnación del despido.

El asesoramiento de Agaz en los eres.

¿Por qué es importante contar con un despacho como Agaz en caso de ere?

La grave crisis que atraviesa una empresa antes y durante el trámite de los eres, supone momentos de fuerte tensión entre empresario y trabajadores, creándose situaciones en las que, ni uno ni otros, realmente se encuentran en momentos emocionalmente positivos. En ese duro trance, resulta básico que ambas partes actúen según los criterios y guía de los profesionales acostumbrados a encontrarse con este tipo de problemas y que ostentan los conocimientos y preparación como para asegurar un procedimiento lo menos cruento posible y, dentro de lo que cabe, lo más beneficioso posible para los intereses de ambas partes.

Especialmente cuando se producen despidos, pero también cuando la empresa continúa en funcionamiento pero en condiciones peores para todas las partes que anteriormente, se habrá de mantener la calma en la empresa y actuar con prudencia y profundo conocimiento de las posibilidades que otorga la legislación aplicable.

En eres, tanto de suspensión, como de reducción, como de extinción, si eres trabajador o empresario, acude a quien mejor puede orientarte o dirigir los procedimientos judiciales, si a ellos hubiere lugar. Los abogados de Agaz podrán ayudarte.