Los accidentes de tráfico, desgraciadamente, tienen un papel demasiado protagonista en nuestra sociedad. Una buena parte de ellos tienen consecuencias negativas en el ámbito personal y familiar; consecuencias que, en  la mayoría de los casos, pueden verse resarcidas siempre y cuando se cumplan los requisitos legales que se estipulan al efecto.  En este sentido, Agaz Abogados tiene despacho en Almería, Granada y Madrid, ofreciendo todas las facilidades para que lleve a cabo su reclamación.

¿Qué normativa regula las consecuencias tras un accidente de tráfico?

En primer lugar, es la Ley sobre Responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de octubre, la que establece el marco general de regulación (ámbito, alcance, sujetos, baremo, etc). En concreto, prevé una cantidad a indemnizar por cada uno de los daños o perjuicios, tanto físicos como morales, y tanto personales como patrimoniales, que deriven del accidente en cuestión.

Sin embargo, a partir del  1 de enero de 2016 se introdujo un nuevo sistema de valoración con la  Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación; se trata de un nuevo baremo que determinará la cantidad final a resarcir al perjudicado.

¿Qué es el baremo en un accidente de circulación?

El baremo es un conjunto de reglas establecidas en la ley (a través de tablas) que permiten calcular y fijar la cuantía de las indemnizaciones que le corresponde a una persona tras sufrir un accidente de circulación. El mismo también es tenido en cuenta a la hora de determinar los resarcimientos a otros supuestos de daños indemnizables como son los accidentes de trabajo y los daños sufridos por mala praxis médica.

¿Quién tiene derecho a ser indemnizado en un siniestro de tráfico?

En un accidente de circulación pueden verse involucrados multitud de tipos de vehículos y personas que por su relación o grado de implicación con el percance, tienen o no derecho a ser indemnizados.  Sería adecuado responder positivamente a la pregunta, determinando quién sí tiene derecho a reclamar la indemnización oportuna:

  • El conductor no culpable (inclusive ciclistas). Es muy importante y a tener en cuenta que el hecho de que el conductor carezca de seguro no priva al mismo de la indemnización correspondiente, siempre y cuando el mismo no fuese culpable del accidente.
  • Los ocupantes de un vehículo: siempre tienen derecho a una indemnización, aunque el conductor del mismo sea culpable del accidente. Esto incluye: turismos, furgones, camiones, motocicletas y ciclomotores.
  • El peatón: en caso de atropello, siempre tienen derecho a recibir una indemnización salvo que el accidente se deba a “culpa exclusiva de la víctima”. En caso de “concurrencia de culpas”, las indemnizaciones se reducen en proporción a las respectivas culpas.
  • Los familiares de la víctima de accidente de tráfico, en el supuesto de su fallecimiento, tendrán derecho a percibir una indemnización dependiendo de la edad de la víctima, grado de parentesco, etc.

Además, es necesario resaltar que, en cuanto a los “daños personales”, las víctimas de un accidente de tráfico siempre tendrán derecho a indemnización, salvo que concurra la “culpa exclusiva de la víctima”. Corresponde al causante del daño demostrar que existió esa culpa exclusiva (lo cual es muy difícil). En caso de que el accidente se haya producido por culpa de ambas partes (“concurrencia de culpas”) la indemnización se reduce en proporción a las respectivas culpas. Será necesario establecer el grado de culpa de cada uno, según las circunstancias concretas del caso.

¿Qué tipos daños se pueden reclamar en un accidente de circulación?

Una vez legitimados para solicitar el resarcimiento de esos daños que nos han ocasionado, debemos saber que existen varios tipos de reclamaciones dependiendo de las circunstancias. De esta forma se pueden reclamar:

  • Por daños personales: estos van referidos a los daños físicos y psíquicos que padecen las personas involucradas en un accidente de tráfico, ya sean conductores, pasajeros o peatones. El baremo valora la compensación dependiendo del tipo de agravio que se haya ocasionado a la víctima: muerte, lesiones permanentes (secuelas) o incapacidad temporal (días de baja).
    • Indemnización por muerte: tendrán derecho a percibir una indemnización determinados familiares en función de la edad de la víctima, del grado de parentesco, de la existencia o ausencia de determinados parientes, de la dependencia económica con la víctima, de los ingresos anuales de la víctima, etc. No están excluidas de indemnización la pareja de hecho, el cónyuge separado y, en algunos casos, el ex-cónyuge divorciado
    • Indemnización por lesiones permanentes: se engloban aquí las secuelas clínicas, funcionales, anatómicas y estéticas. La compensación estará en función de la edad, la gravedad de las lesiones, las condiciones familiares de la víctima y sus ingresos netos anuales. El criterio utilizado es una asignación de puntos a cada lesión que determinará la cuantía.
      Si se produjera algún tipo de invalidez, las indemnizaciones por lesiones permanentes (secuelas) se incrementarán en función del grado de incapacidad:

      • Invalidez permanente parcial
      • Invalidez permanente total
      • Incapacidad permanente absoluta
      • Grandes inválidos
    • Indemnización por incapacidad temporal: la misma se calcula multiplicando el número de días de baja por la indemnización correspondiente según el tipo de baja: día de baja hospitalaria, día de baja impeditivo o día de baja no impeditivo.
    • Gastos sanitarios: se indemnizarán los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en la cuantía necesaria hasta la sanación o consolidación de las secuelas, debiendo estar justificado atendiendo a la asistencia que se ha prestado.
  • Por daños materiales: en este punto se incluyen los gastos de entierro y funeral (los cuales siempre están cubiertos salvo culpa exclusiva de la víctima) y los daños materiales en el vehículo o efectos personales.
  • Intereses de demora: es necesario resaltar que el resarcimiento estará compuesta no sólo por el importe en que se valoren los daños y perjuicios, sino también por los intereses que estas cantidades devenguen desde la fecha del accidente.

Otras cuestiones relevantes a tener en cuenta tras un siniestro de circulación

¿Existe el derecho a prestaciones de la seguridad social por incapacidad laboral?

El derecho al subsidio de incapacidad temporal nace desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro de cada día de baja. El salario se abona mientras dure la Incapacidad Temporal. El plazo máximo es de doce meses prorrogables por otros seis cuando se presuma que durante ellos el trabajador puede ser dado de alta por curación.

¿Qué ocurre si el vehículo causante del accidente de tráfico no tiene seguro o se dio a la fuga sin poder localizarlo?

En estos casos, en que la gravedad de los hechos se ve acentuada por la absoluta falta de diligencia y/o humanidad del causante del accidente, la víctima, afortunadamente tiene medios y recursos para obtener la indemnización debida. En particular, será el Consorcio de Compensación de Seguros, entidad pública adscrita al Ministerio de Economía al que deberá (entre otras funciones):

  • Indemnizar los accidentes por daños personales que se hayan producido en España cuando el vehículo responsable sea desconocido. También se cubrirán los daños sufridos en los bienes si la víctima hubiera fallecido o sufriera una incapacidad permanente o una incapacidad temporal que requiera una estancia hospitalaria superior a siete días.
  • Indemnizar los daños en las personas y en los bienes, producidos por vehículos que no están asegurados o que han sido robados.
  • Indemnizar los daños derivados de un accidente de circulación cuando exista controversia entre el consorcio y la compañía de seguros.

La elección del abogado

Es aconsejable poner el caso en manos de abogados especializados en accidentes de tráfico. En Agaz Abogados tenemos a los mejores especialistas en materia de siniestros de circulación, recibiendo asesoramiento sobre qué cantidad se debe reclamar por los daños sufridos, la procedencia de iniciar o no acciones judiciales, la viabilidad de interponer una denuncia contra la persona considerada responsable del accidente, así como todas aquellas cuestiones que puedan estar relacionadas con el supuesto concreto.